Andalucía podrá expropiar viviendas a los bancos para evitar desahucios
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- Publicado el Martes, 09 Abril 2013 10:35
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó este martes el decreto que permitirá la expropiación temporal a los bancos, por un plazo de tres años, aquellas viviendas "en inminencia" de desahucio "en caso de riesgo de exclusión social o amenaza para la salud física o psíquica de las personas".
Este decreto que se tramitará como proyecto de Ley en el Parlamento, incluye medidas de "incentivo" a particulares y "sanciones" a bancos e inmobiliarias para que "salga en alquiler el inmenso stock de viviendas vacías en Andalucía".
Entre los requisitos para aplicar esta medida excepcional se encuentran:
* El afectado tenga en la vivienda objeto del procedimiento hipotecario la residencia habitual y permanente.
* La finalidad del préstamo sea el pago de la casa.
* El desalojo pueda generar situación de exclusión social acreditada por los servicios sociales municipales.
* Las condiciones económicas de las personas hayan sufrido importante menoscabo (el esfuerzo para atender la hipoteca se haya multiplicado al menos por 1,5 y suponga más de un tercio de los ingresos familiares) y una situación de endeudamiento sobrevenido respecto a las circunstancias en las que se concedió el préstamo.
Igualmente habrá sanciones para aquellas personas jurídicas, bancos, inmobiliarias o entidades de gestión patrimonial que mantengan ocioso y no destinen al arrendamiento su 'stock' residencial.
Se considerará no habitadas aquellas viviendas que no cuente con contrato de suministro de agua y de electricidad o su consumo sea nulo o escaso, tomando como referencia la media habitual por vivienda y año facilitada por las compañías suministradoras.
Más información, la razón.